Nuevo Calendario de Sujetos Pasivos Especiales y Agentes de Retención

Septiembre 2020

Se publicó la Providencia Nº SNAT/2020/00057 en la Gaceta Oficial N° 41.954 del 31 de agosto de 2020, la cual establece el calendario de Sujetos Pasivos Especiales y Agentes de Retención para la declaración y pago del Impuesto al Valor Agregado, retenciones en materia de Impuesto al Valor Agregado (“IVA”) y anticipos que deben cumplirse para el año 2020 (la “Providencia”), mediante la cual:

  1. I. Los pagos de impuestos, anticipos y retenciones referidos en la Providencia, deben ser realizados dentro del término señalado en el compromiso de pago correspondiente.
  2. II. Las declaraciones de los Sujetos Pasivos Especiales, notificados expresamente por el SENIAT, relativas a la declaración del IVA, a los anticipos del IVA e Impuesto sobre la Renta (“ISLR”) y enteramiento de los montos retenidos en materia del IVA, deberán ser presentadas según el último dígito del número de Registro de Información Fiscal (“RIF”) y en las fechas de vencimiento del calendario para el año 2020 según el siguiente cuadro:
    1. a. Entre los días 01 al 15 de cada mes:

R.I.F

SEP

OCT

NOV

DIC

0 Y 5

18

23

18

18

6 Y 9

21

22

19

17

3 Y 7

22

21

20

21

4 Y 8

23

20

24

23

1 Y 2

24

19

25

22

  1. b. Entre los días 16 y el último de cada mes:

R.I.F

OCT

NOV

DIC

0 Y 5

5

5

2

6 Y 9

2

6

8

3 Y 7

8

9

7

4 Y 8

7

3

3

1 Y 2

6

4

4

  1. III. Para la declaración y pago correspondiente a la primera quincena del mes de septiembre de 2020, se deberá incluir el 31 de agosto de 2020, para ese período.
  2. IV. Si alguna de las fechas programadas en la Providencia coincide con un día declarado feriado por el Ejecutivo Nacional, Estadal o Municipal, la declaración y/o pago correspondiente debe presentarse el día hábil siguiente.
  3. V. Se derogó el literal a) del artículo 1 de la Providencia Administrativa SNAT/2019/00339 de fecha 15/11/2019, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 41.788 de fecha 26/12/2019.

El presente boletín presenta una descripción general de aspectos relevantes de la Providencia Nº SNAT/2020/00057 y no constituye una opinión legal dirigida a atender una situación específica. En caso de dudas o comentarios o para mayor información, contactar a InterJuris Abogados (www.wordpress-1435814-5364031.cloudwaysapps.com) +58 (212) 750 1200.

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