Septiembre 2020
Se publicó la Providencia Nº SNAT/2020/00057 en la Gaceta Oficial N° 41.954 del 31 de agosto de 2020, la cual establece el calendario de Sujetos Pasivos Especiales y Agentes de Retención para la declaración y pago del Impuesto al Valor Agregado, retenciones en materia de Impuesto al Valor Agregado (“IVA”) y anticipos que deben cumplirse para el año 2020 (la “Providencia”), mediante la cual:
- I. Los pagos de impuestos, anticipos y retenciones referidos en la Providencia, deben ser realizados dentro del término señalado en el compromiso de pago correspondiente.
- II. Las declaraciones de los Sujetos Pasivos Especiales, notificados expresamente por el SENIAT, relativas a la declaración del IVA, a los anticipos del IVA e Impuesto sobre la Renta (“ISLR”) y enteramiento de los montos retenidos en materia del IVA, deberán ser presentadas según el último dígito del número de Registro de Información Fiscal (“RIF”) y en las fechas de vencimiento del calendario para el año 2020 según el siguiente cuadro:
- a. Entre los días 01 al 15 de cada mes:
R.I.F |
SEP |
OCT |
NOV |
DIC |
0 Y 5 |
18 |
23 |
18 |
18 |
6 Y 9 |
21 |
22 |
19 |
17 |
3 Y 7 |
22 |
21 |
20 |
21 |
4 Y 8 |
23 |
20 |
24 |
23 |
1 Y 2 |
24 |
19 |
25 |
22 |
- b. Entre los días 16 y el último de cada mes:
R.I.F |
OCT |
NOV |
DIC |
0 Y 5 |
5 |
5 |
2 |
6 Y 9 |
2 |
6 |
8 |
3 Y 7 |
8 |
9 |
7 |
4 Y 8 |
7 |
3 |
3 |
1 Y 2 |
6 |
4 |
4 |
- III. Para la declaración y pago correspondiente a la primera quincena del mes de septiembre de 2020, se deberá incluir el 31 de agosto de 2020, para ese período.
- IV. Si alguna de las fechas programadas en la Providencia coincide con un día declarado feriado por el Ejecutivo Nacional, Estadal o Municipal, la declaración y/o pago correspondiente debe presentarse el día hábil siguiente.
- V. Se derogó el literal a) del artículo 1 de la Providencia Administrativa SNAT/2019/00339 de fecha 15/11/2019, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 41.788 de fecha 26/12/2019.
El presente boletín presenta una descripción general de aspectos relevantes de la Providencia Nº SNAT/2020/00057 y no constituye una opinión legal dirigida a atender una situación específica. En caso de dudas o comentarios o para mayor información, contactar a InterJuris Abogados (www.interjuris.com) +58 (212) 750 1200.