InterJuris InterJuris InterJuris InterJuris
  • Inicio
  • Nosotros
  • Contribuciones a la Sociedad
  • Sectores
  • Áreas de práctica
    • Banca y Finanzas
    • Corporativo y Fusiones y Adquisiciones
    • Energía y Recursos Naturales
    • Arbitraje Internacional y Resolución de Conflictos
    • Farmacia, Sanidad y Biotecnología
    • Impuestos
    • Transformación digital
    • Laboral
    • Derecho Público y Asuntos Regulatorios
  • Equipo
  • Noticias
  • Contacto
  • English
  • Español
InterJuris InterJuris
  • Inicio
  • Nosotros
  • Contribuciones a la Sociedad
  • Sectores
  • Áreas de práctica
    • Banca y Finanzas
    • Corporativo y Fusiones y Adquisiciones
    • Energía y Recursos Naturales
    • Arbitraje Internacional y Resolución de Conflictos
    • Farmacia, Sanidad y Biotecnología
    • Impuestos
    • Transformación digital
    • Laboral
    • Derecho Público y Asuntos Regulatorios
  • Equipo
  • Noticias
  • Contacto
  • English
  • Español
May 16

Prórroga Para la Declaración y Pago del Impuesto Sobre la Renta

Hasta el 30 de abril tendrán plazo para declarar y pagar el ISLR, las personas  cuyo ejercicio fiscal va entre el 1 de enero y el 31 de diciembre.

En la Gaceta Oficial Extraordinaria de la República Bolivariana de Venezuela Nº 6.436 del 26 de marzo de 2019, se publicó la Providencia del SENIAT Nro. SNAT/2019/00071 (la “Providencia”), mediante la cual se otorga prórroga para realizar la declaración definitiva y pago del Impuesto sobre la Renta (“ISLR”) hasta el 30 de abril de 2019 a las personas cuyo ejercicio fiscal este comprendido desde el 01 de enero del año 2018 hasta el 31 de diciembre del año 2018.

En el caso de las personas naturales que opten o hayan optado en pagar el ISLR en porciones, la Providencia establece que la fecha de pago de la primera porción será el 30 de abril de 2019 y la segunda y tercera porción se pagarán de conformidad con lo establecido en el artículo 1° de la Providencia Administrativa N° SNAT/2003/1697, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 37.660, de fecha 28 de marzo de 2003.

La Providencia entró en vigencia el 26 de marzo de 2019.

El presente boletín presenta una descripción general de aspectos relevantes de la Providencia Nro. SNAT/2019/00071 y no constituye una opinión legal dirigida a atender una situación específica. En caso de dudas o comentarios o para mayor información, contactar a InterJuris Abogados (www.wordpress-1435814-5364031.cloudwaysapps.com) +58 (212) 750 1200

  • Facebook
  • Twitter
  • Reddit
  • Pinterest
  • Google+
  • LinkedIn
  • E-Mail

Leave a reply Cancelar respuesta

Lo siento, debes estar conectado para publicar un comentario.

Entradas recientes

  • Entendiendo las Nuevas Medidas de Visado de EE. UU. para Venezuela
  • Inamovilidad Laboral
  • Normas para la Utilización de Medios Digitales y Sistemas Informáticos para la Emisión de Facturas y otros Documentos Fiscales
  • Ley de Fiscalización Regularización, Actuación y Financiamientos de las Organizaciones No Gubernamentales y Organizaciones Sociales Sin Fines de Lucro
  • Ley Aprobatoria del Acuerdo de Promoción y Protección de Inversiones entre Venezuela y China
© 2025 InterJuris Abogados S.C. Todos los derechos reservados. Política de Privacidad Avisos legales.