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Ene 14

Normas para la Utilización de Medios Digitales y Sistemas Informáticos para la Emisión de Facturas y otros Documentos Fiscales

Diciembre 2024

En la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No. 43.032, de fecha 19 de diciembre de 2024, fueron publicadas las Providencias No. SNAT/2024/000102 y SNAT/2024/000121 dictadas por el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (en lo sucesivo, “SENIAT”). Estas providencias regulan el uso de medios digitales y sistemas informáticos para la emisión de facturas y otros documentos fiscales (de ahora en adelante, las “Providencias”). A continuación, sus aspectos más relevantes:

  1. Objeto: Regular la emisión de facturas y documentos fiscales mediante proveedores de sistemas informáticos previamente homologados y autorizados por el SENIAT.
  2. Sujetos Aplicables: 
    1. Personas jurídicas públicas o privadas que no se encuentren obligadas al uso exclusivo de máquinas fiscales, quienes deberán presentar una solicitud de autorización ante el SENIAT.
    2. Las personas naturales o jurídicas que realicen operaciones comerciales exclusivamente a través de medios electrónicos o portales web, quienes se encuentran obligadas a emitir facturas y otros documentos fiscales únicamente mediante medios digitales.
    3. Las personas jurídicas obligadas al uso de máquinas fiscales que, además, realicen operaciones comerciales a través de medios electrónicos o portales web, quienes se encuentran obligadas a emitir facturas y otros documentos fiscales mediante medios digitales exclusivamente para dichas operaciones.
  3. Condiciones: Las Providencias establecen las condiciones y requisitos para solicitar las respectivas autorizaciones ante el SENIAT, así como los supuestos en los que dichas autorizaciones pueden ser revocadas. También se establece las condiciones para la emisión de facturas y otros documentos fiscales mediante medios digitales.
  4. Acceso Permanente al SENIAT: Una vez otorgada la autorización para el uso de medios digitales, se permitirá al SENIAT acceso permanente por un lapso de 10 años para consultar las facturas y otros documentos emitidos.
  5. Vigencia: Las Providencias entraron en vigencia con su publicación en Gaceta Oficial el 19 de diciembre de 2024.

El presente boletín representa una descripción general de aspectos relevantes de las Providencias y no constituye una opinión legal dirigida a atender una situación específica. En caso de dudas o comentarios o para mayor información, contactar a InterJuris Abogados (www.wordpress-1435814-5364031.cloudwaysapps.com) +58 (212) 750 1200.

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