Marzo 2022
En la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 42.339 del 17 de marzo de 2022, se publicó la Providencia del SENIAT Nro. SNAT/2022/000013 (la “Providencia”), mediante la cual:
- Se designan como agentes de percepción del impuesto a las grandes transacciones financieras (“IGTF”) a los sujetos pasivos calificados como especiales, por los pagos recibidos en moneda extranjera, o en criptomonedas distintas al Petro, sin mediación de instituciones financieras.
- La percepción deberá practicarse el mismo día en el que se verifique el hecho imponible.
- Los agentes de percepción deberán declarar a través del Portal Fiscal y pagar de manera quincenal, conforme al Calendario de Pagos de las Retenciones del Impuesto al Valor Agregado para Contribuyentes Especiales.
- Las facturas emitidas por los sujetos pasivos especiales deberán reflejar la alícuota impositiva y el monto del IGTF. En el caso de los sujetos pasivos especiales que utilicen máquina fiscal, deberán ajustarla con este fin.
La Providencia entrará en vigencia el 28 de marzo de 2022.
El presente boletín presenta una descripción general de aspectos relevantes de la Providencia y no constituye una opinión legal dirigida a atender una situación específica. En caso de dudas o comentarios o para mayor información, contactar a InterJuris Abogados (www.interjuris.com) +58 (212) 750 1200.
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