26 February 2015
En Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 40.608 del 25 de febrero de 2015, se publicó la Providencia Administrativa Nº SNAT/2015/0019 del 25 de febrero de 2015 emanada del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), mediante la cual se reajusta la Unidad Tributaria de la siguiente manera:
a. De Bs. 127,00 a Bs. 150,00.
b. En los casos de tributos que se liquiden por periodos anuales, la Unidad Tributaria aplicable será la que esté vigente durante por lo menos 183 días continuos del periodo respectivo, y para los tributos que se liquiden por períodos distintos al anual, la Unidad Tributaria aplicable será la que esté vigente para el inicio del periodo, de conformidad con lo establecido en el Parágrafo Tercero del articulo 3 del Código Orgánico Tributario.
El presente reporte presenta una descripción general de aspectos relevantes de la Providencia Administrativa Nº SNAT/2015/0019 y no constituye una opinión legal dirigida a atender una situación específica. En caso de dudas o comentarios o para mayor información, por favor comunicarse con Juan José Delgado ([email protected]) o Anadaniella Sucre de Pró-Rísquez ([email protected]).
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