9 February 2015
En Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 40.597 del 6 de febrero de 2015, se publicó el Decreto N° 1.599 mediante el cual se fija un aumento de salario mínimo mensual obligatorio, en todo el Territorio Nacional, para los trabajadores que presten servicios en los sectores público y privado de la siguiente manera:
a. 15% desde el 1 de febrero de 2015, quedando el salario mínimo mensual en Bs. 5.622,48, o Bs. 187,42 diarios, a partir de esa fecha.
b. En el caso de los trabajadores adolescentes y aprendices también hubo un incremento de 15% desde el 1° de febrero de 2015, quedando el salario mínimo mensual para esta categoría de trabajadores en Bs. 4.181,34 o Bs. 139,38 diarios a partir de esa fecha.
c. Se fijó para el 1 de febrero de 2015 la entrada en vigencia del presente Decreto.
El presente reporte presenta una descripción general de aspectos relevantes del Decreto N° 1.599 y no constituye una opinión legal dirigida a atender una situación específica. En caso de dudas o comentarios o para mayor información, por favor comunicarse con Angel Meléndez Cardoza ([email protected]).
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