Boletín Informativo: Resolución mediante la cual se regula el Registro Nacional de Entidades de Trabajo (RNET) (Español)

13 May 2015

En Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 6.181 Extraordinario del 8 de mayo de 2015, se publicó el Decreto N° 1.737, mediante el cual se fijó un aumento de salario mínimo mensual obligatorio, en todo el territorio nacional, para los trabajadores que presten servicios en los sectores público y privado, de la siguiente manera:

a) 20% a partir del 1 de mayo de 2015, quedando el salario mínimo mensual en Bs. 6.746,98 o Bs. 224,90 diarios.

b) 10% a partir del 1 de julio de 2015, quedando el salario mínimo mensual en Bs. 7.421,68 o Bs. 247,39 diarios.

En el caso de los trabajadores adolescentes aprendices también hubo un incremento del salario mínimo obligatorio de la siguiente manera:

a) 20% a partir del 1de mayo de 2015, quedando el salario mínimo mensual para esta categoría de trabajadores en Bs. 5.017,61 o Bs. 167,25 diarios.

b) 10% a partir del 1 de julio de 2015, quedando el salario mínimo mensual en Bs. 5.519,37 o Bs. 183,98 diarios.

El presente boletín presenta una descripción general de aspectos relevantes del Decreto y no constituye una opinión legal dirigida a atender una situación específica. En caso de dudas o comentarios o para mayor información, por favor contactar a Angel Melendez Cardoza ([email protected]).

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