18 October 2013
En Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 40.275 del 18 de Octubre de 2013, se publicó el Decreto N° 503 mediante el cual se fija un aumento de salario mínimo mensual obligatorio, en todo el Territorio Nacional, para los trabajadores que presten servicios en los sectores público y privado.
DECRETO N° 503
Fijó un aumento de salario mínimo mensual obligatorio en todo el Territorio Nacional, para los trabajadores que presten servicios en los sectores público y privado de la siguiente manera:
- a. Diez por ciento (10%) desde el 1° de noviembre del 2013, quedando el salario mínimo mensual en Bs. 2.973,00 ó Bs. 99,10 diarios a partir de esa fecha;
- En el caso de los trabajadores adolescentes y aprendices también hubo un incremento de diez por ciento (10%) desde el 1° de noviembre del 2013, quedando el salario mínimo mensual para esta categoría de trabajadores en Bs. 2.211,00 ó Bs. 73,70 diarios a partir de esa fecha.
Cualquier información adicional puede comunicarse con Ángel Meléndez Cardoza ([email protected]) Fabiana Irañeta Gorrondona ([email protected]).