13 May 2015
En Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 6.181 Extraordinario del 8 de mayo de 2015, se publicó el Decreto N° 1.737, mediante el cual se fijó un aumento de salario mínimo mensual obligatorio, en todo el territorio nacional, para los trabajadores que presten servicios en los sectores público y privado, de la siguiente manera:
a) 20% a partir del 1 de mayo de 2015, quedando el salario mínimo mensual en Bs. 6.746,98 o Bs. 224,90 diarios.
b) 10% a partir del 1 de julio de 2015, quedando el salario mínimo mensual en Bs. 7.421,68 o Bs. 247,39 diarios.
En el caso de los trabajadores adolescentes aprendices también hubo un incremento del salario mínimo obligatorio de la siguiente manera:
a) 20% a partir del 1de mayo de 2015, quedando el salario mínimo mensual para esta categoría de trabajadores en Bs. 5.017,61 o Bs. 167,25 diarios.
b) 10% a partir del 1 de julio de 2015, quedando el salario mínimo mensual en Bs. 5.519,37 o Bs. 183,98 diarios.
El presente boletín presenta una descripción general de aspectos relevantes del Decreto y no constituye una opinión legal dirigida a atender una situación específica. En caso de dudas o comentarios o para mayor información, por favor contactar a Angel Melendez Cardoza (angel.melendez@dlainterjuris.com).
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